Articulo 175
Realizada por la Cabo Primero Vanesa Saldivia Díaz del Plan Cuadrante e Integración Comunitaria de la Segunda Comisaría de Collipulli y coordinada por Equipo de Convivencia Escolar de nuestro establecimiento, cuyo objetivo es reforzar los procedimientos del Código Procesal Penal, Articulo 175 relacionado a la obligatoriedad de los funcionarios a denunciar un hecho que revistiere carácter de delito, recordemos que el artículo 175 especifica que están obligados a denunciar a las autoridades competentes, entre otros, los funcionarios públicos y las personas que trabajan en el ámbito de la salud y la educación, tanto pública como privada